jueves, 10 de marzo de 2011

INCOTERMS 2010

Los Incoterms son un conjunto de reglas internacionales, regidos por la Cámara de Comercio Internacional, que determinan el alcance de las cláusulas comerciales incluidas en el contrato de compraventa internacional.

Los Incoterms también se denominan cláusulas de precio, pues cada término permite determinar los elementos que lo componen. La selección del Incoterm influye sobre el costo del contrato.

El propósito de los Incoterms es el de proveer un grupo de reglas internacionales para la interpretación de los términos más usados en el Comercio internacional.

Los Incoterms determinan:

ü  El alcance del precio.
ü  En qué momento y donde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercadería del vendedor hacia el comprador.
ü  El lugar de entrega de la mercadería.
ü  Quién contrata y paga el transporte
ü  Quién contrata y paga el seguro
ü  Qué documentos tramita cada parte y su costo.

Listado de Incoterms:

Ø  CFR (Cost and Freight) - Costo y Flete (puerto de destino convenido)
Ø  CIF (Cost, Insurance and Freight) - Costo, Seguro y Flete (puerto de destino convenido)
Ø  CIP (Carriage and Insurance Paid to) - Transporte y Seguro Pago Hasta (lugar de destino convenido)
Ø  CPT (Carriage Paid To) - Transporte Pagado Hasta (lugar de destino convenido)
Ø  DAF (Delivered At Frontier) - Entregadas en Frontera (lugar convenido)
Ø  DDP (Delivered Duty Paid) - Entregadas Derechos Pagados (lugar de destino convenido)
Ø  DDU (Delivered Duty Unpaid) - Entregadas Derechos No Pagados (lugar de destino convenido)
Ø  DEQ (delivered Ex-Quay) - Entregadas en Muelle (puerto de destino convenido)
Ø  DES (Delivered Ex Ship) - Entregadas Sobre Buque (puerto de destino convenido)
Ø  EXW (Ex-Works) - En Fábrica (lugar convenido)
Ø  FAS (Free Along Ship) - Libre al Costado del Buque (puerto de carga convenido)
Ø  FCA (Free Carrier) - Libre Transportista (lugar convenido)
Ø  FOB (Free On Board) - Libre a Bordo (puerto de carga convenido)
Nuevos Incoterms 2011

La Cámara de Comercio Internacional (CCI) se encarga de actualizar periódicamente los Incoterms tratando de mejorarlos y adaptarlos a las prácticas comerciales empresariales, y a los modos y procesos de contratación a nivel internacional. En la actualidad, la CCI está culminando un último proceso de actualización iniciado en 2008 que cristalizará en la publicación de los INCOTERMS 2011.

La publicación de los mismos se espera para fines del 2010, entrando en vigor, si se cumplen los plazos previstos, el 1 de Enero de 2011. En base a la información de algunas webs americanas y de otros países presentamos algunas breves indicaciones de hacía donde parece que se dirige esta próxima actualización de los Incoterms.

En el proceso de elaboración de los Incoterms se han barajado distintas denominaciones (3000, etc.), siendo finalmente la de “2011” la que actualmente se tiene prevista anunciar. La CCI quiere evitar tener que actualizar los Incoterms cada 10 años, como ha ocurrido en las últimas 2 actualizaciones, en 1990 y 2000.

Algunas Novedades de los Incoterms 2011

1.    Se establecen 2 categorías de Incoterms los “multimodales” (EXW, FCA, CPT, CIP, DAP y DDP) y los “solo marítimos” (FAS, FOB, CFR, CIF y DEQ) expresando con claridad que las ventas

2.    Se desaconseja expresamente el incoterm EXW para ventas internacionales pues no incluye la carga del envío en los vehículos que en la práctica suele efectuarse por la empresa vendedora. Un FCA incluye la carga del vehículo y sería más adecuado. Otra razón es que se pueden presentar problemas para obtener el DUA de exportación, si la operación lo requiere, pues el despacho de exportación lo hace el comprador.

3.    Se potencia el uso de FCA, CPT o CIP para contenedores frente a los habituales FOB, CFR o CIF. Las razones para el uso de estos términos con contenedores son tanto de aminoración del riesgo para el vendedor (entrega y transmite el riesgo cuando DEPARTAMENTO VIRTUAL DE COMERCIO Y MARKETING NUEVOS “INCOTERM 2011” entrega al primer transportista de la cadena) como de coste (se adecuan mejor a las prácticas comerciales en puerto y se evitan duplicidades de pago por el mismo concepto).

4.    Desaparecen los incoterms DAF, DES y DDU, apareciendo un nuevo incoterm DAP (Delivery at place) más adecuado para aplicar a ventas en las que se quiere entregar contratando el transporte principal y entregando en un lugar determinado.

5.    Se ajustan algunas obligaciones de vendedor y comprador en cada incoterm con el objetivo de adecuarlas mejor a las prácticas comerciales a nivel internacional. 


Tomado de:

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